Conoce la nueva normativa sobre el uso de vidrios polarizados

A partir del 11 de mayo de 2022 comenzó a regir la marcha blanca de una nueva normativa sobre vidrios polarizados emitida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Esto significa que se va a inspeccionar este aspecto en la Planta de Revisión Técnica sin ser causal de rechazo en esta etapa de marcha blanca.

En la próxima revisión técnica que le corresponda a tu vehículo, será exigencia cumplir con el reglamento definido en la norma.

¿Qué establece la nueva normativa sobre vidrios polarizados?

  1. Los vehículos livianos, pueden contar con vidrios oscuros o polarizados con láminas adheridas, en la superficie interna de los vidrios, a excepción del parabrisas, siempre y cuando cumplan con la opacidad requerida.
  2. La normativa prohíbe las láminas reflectivas, metálicas o espejadas.
  3. La norma establece el cumplimiento de un factor mínimo de transmisión de luz, para el conjunto vidrio/lámina, que deberá incorporar un sello en relieve e indeleble.

¿Cómo puede resultar rechazada la revisión técnica de mi auto con vidrios polarizados?

  • Si las láminas polarizadas están instaladas en vidrios de un vehículo que de fábrica tiene vidrios oscuros.
  • Si incumplen la normativa respecto al porcentaje de transmisibilidad, que es el siguiente:

Para vehículos livianos y medianos, el nivel de transmisión de luz adecuado es:

-70% en vidrios laterales delanteros.

-28% en vidrios laterales traseros.

-20% en luneta trasera.

–Para taxis y transporte escolar, el nivel de transmisión de luz adecuado es:

-70% en vidrios laterales delanteros.

-50% en vidrios laterales traseros.

-70% luneta trasera.

  • Si no cuentan con el sello indeleble y en relieve correspondiente, en el que se debe indicar el valor del factor, además del nombre y RUT del instalador, esta información debe poder ser leída desde el exterior del vehículo.